Con la llegada de la NOM 051, el uso de personajes caricaturescos en el empaque de productos estará restringido en el territorio mexicano. Esto significa un cambio enorme de paradigma para la industria de la publicidad y la mercadotecnia en el país, así como un área de oportunidad enorme para destapar nuevas ideas creativas.
NOM hace referencia a las Normas Oficiales Mexicanas, que son reglamentaciones de carácter obligatorio expedidas por dependencias competentes y que tienen como objetivo dictaminar procesos o servicios que puedan representar un riesgo de seguridad o atentar contra la salud de las personas.
Las NOM no solo se encargan de fijar estas características, sino que se aseguran de su correcta aplicación y cumplimiento.
¿En qué consiste la NOM 051?
La NOM 051 tiene por nombre completo: “Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-información comercial y sanitaria”.
Fue realizada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de Agosto de 2009 y aprobada con modificaciones el 4 de Febrero de 2010 por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio (CCNNSUICPC) y el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario (CCNNRFS).
Esta norma tiene como objetivo determinar y fijar las características con las que debe contar la información encontrada en el etiquetado de productos que sean comercializados en el territorio mexicano.
Además, plantea un modelo de etiquetado frontal que debe informar al consumidor, de forma clara y precisa, sobre los riesgos que presenta para la salud, el consumo excesivo de los ingredientes y nutrientes contenidos dentro del producto.
Cabe mencionar que esta norma no se aplica a alimentos y bebidas no alcohólicas a granel, así como a los envasados en punto de venta.
Modificaciones actuales
El 24 de enero del 2020, la Secretaría de Economía así como la COFEPRIS otorgaron aprobación a las modificaciones realizadas a la NOM 051, las cuales tienen como finalidad implementar una nueva forma de etiquetado, de manera que sea más sencillo presentar la información nutrimental en los empaques de productos preenvasados.
Tras dichas reuniones, el 27 de marzo finalmente se publicó la actualización de la NOM 051 en el Diario Oficial de la Federación.
Requisitos del nuevo empaque
Ahora, la industria de los alimentos debe acatarse a los siguientes rubros para el empaque de productos alimenticios:
- Utilizar un nuevo etiquetado frontal en los alimentos y bebidas no alcohólicas que permita a cualquier tipo de consumidor acceder fácilmente a la información nutrimental del producto.
- Hacer uso de un sello para destacar los productos que contengan exceso de nutrientes críticos: azúcares, grasas trans, grasas saturadas, sodio y contenido energético.
- El sello será negro en forma de octágono, se encontrará la leyenda de “Exceso de..”, al igual que la firma de la Secretaría de Salud y deberá cubrir al menos 15% del producto.
- Mantener la información del contenido nutrimental en una medida de 100 gramos, para facilitar al consumidor la comparación de diferentes productos.
- Presentar información sobre ingredientes que puedan aumentar el riesgo de contraer enfermedades como diabetes, obesidad y sobrepeso.
¿Cuándo entrará en vigor la NOM 051?
Pese a los esfuerzos realizados por el sector privado para frenar la norma ante el poder judicial, el gobierno federal aseguró que la NOM 051 entrará en vigor y se desarrollará mediante un proceso de 2 fases.
La primera fase se llevará a cabo entre el 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2023. Durante este periodo se tomarán medidas de la información nutrimental, contemplando nuevos criterios como constatación de azúcares añadidos, separación de azúcares de calorías y evaluación por separada de grasas saturadas, grasas trans, calorías y sodio.
El transcurso de la segunda fase será del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025, en este punto se hará la reducción de la máxima cantidad de sodio que puede contener un alimento sólido y líquido.
El último paso consiste en que los lineamientos para el registro y reconocimiento sean publicados antes del 1 de octubre de 2020 por la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).
¿Por qué se irán los personajes de los empaques?
Dentro del artículo 4 de la Norma Oficial Mexicana NOM 051 se especifica que cualquier producto que contenga uno o más de los sellos de advertencia tendrá prohibido incluir personajes infantiles, dibujos animados, mascotas, celebridades, deportistas o cualquier elemento interactivo que se encuentre dirigido a niños, ya que estos fomentan e incitan a la compra de productos que contienen exceso de nutrientes críticos.
Esto quiere decir que los conocidos personajes de productos alimenticios en México, como el Tigre Toño de Zucaritas, el elefante Melvin de Choco Krispis, el Osito Bimbo y muchos otros más ya no serán visibles en los empaques de las diversas marcas.
Impacto de la NOM 051 en la mercadotecnia
La NOM 051 mantiene firme su compromiso con la salud de la población así como el propósito de afrontar el problema de sobrepeso y obesidad que se vive fuertemente en el país.
Las modificaciones realizadas a la NOM 051 generaron controversia dentro de los sectores privados ya que representan un verdadero reto de mercadotecnia y publicidad.
Agencias de publicidad que actualmente trabajan de mano con la industria de alimentos y bebidas se verán afectadas por estas implementaciones, pues deberán trabajar en modificar la imagen de sus productos para que se adapten a la norma.
A la industria le toca renovarse, repensar sus estrategias y afrontar nuevas medidas para salir adelante con sus productos, ahora dentro de un marco legal que vela por la salud de la población. Como con todo, la creatividad es clave.